En este episodio de El Poder del Discurso converso con María José y Patricia de @inclusivxs.cat, intérpretes de Lengua de Signos Catalana (LSC) con 15 años de trabajo en accesibilidad cultural.
Hablamos de por qué la accesibilidad no es caridad, es un derecho, de cómo se trabaja profesionalmente la interpretación (preparación, ética y neutralidad) y de los vacíos institucionales que aún obligan a la comunidad sorda a “poner el esfuerzo” extra para acceder a servicios básicos y a la cultura.
Ideas clave del episodio
Accesibilidad = derecho. La ley y la práctica van desacompasadas: faltan horas de interpretación financiadas y criterios claros en sanidad, educación, justicia y cultura.
LSC ≠ LSE. En España conviven LSC (Cataluña) y LSE (resto del Estado), con variaciones dialectales; toda lengua de signos está ligada a su cultura.
El rol profesional. La intérprete no asiste ni media: es puente lingüístico y debe ser fiel y neutral. En eventos largos se trabaja por parejas con turnos (~20–25’).
Preparación y ética. La interpretación requiere preparación previa (textos, contextos, intención), posibilidad de rechazar encargos por conflicto ético o emocional (p.ej., funerales).
Subtítulos no siempre bastan. Dependen del nivel de lectoescritura y de la calidad/ritmo del subtitulado; lo ideal es combinar medidas (intérprete, subtítulos, audiodescripción, etc.).
Medios y tamaño de pantalla. El “cuadrito” minúsculo para la intérprete dificulta el acceso; faltan normas sobre tamaños y disposición.
Artes escénicas: accesible desde el diseño. Lo óptimo es planificar accesibilidad desde el origen (intérprete en escena, mismo campo visual, subtítulos visibles).
Buenas prácticas reales. Conciertos accesibles en Tarragona con intérprete + subtitulado simultáneo + mochilas vibratorias + bucle magnético; inclusión en escena (p.ej., Escenaris Espacials; asesoría de personas sordas en piezas de danza/teatro).
Formación y profesión. Se puede estudiar la lengua (A1–C2) y la interpretación (vía universidad); faltan intérpretes, pero sobre todo falta demanda institucional.
Conceptos claros. “Sordomudo” es un término erróneo; la sordera no implica mudez. La accesibilidad beneficia a todos (comunicación bidireccional en consultas médicas, etc.).
La sensibilidad y el rigor de María José y Patricia nos recuerdan que la accesibilidad no es un adorno: es la condición para que la cultura sea un derecho común y no un privilegio.
























